Trabajar en altura implica riesgos que pueden prevenirse mediante planificación, capacitación y cumplimiento de las normas de seguridad.
Un andamio en malas condiciones o utilizado incorrectamente puede provocar accidentes graves o fatales.

El Decreto 911/96 establece que los andamios deben ser estables, inmovilizados horizontal y verticalmente, y contar con barandas de 1 metro de altura, un travesaño intermedio a 50 cm y zócalos de 15 cm en plataformas ubicadas a más de 2 metros de altura

  • Inspección: Un técnico competente debe inspeccionar los andamios una vez por semana para garantizar su seguridad. 
  • Documentación adicional: La Resolución 61/2023 complementa esta norma, exigiendo Planes de Montaje, verificaciones diarias por el responsable de la tarea y el uso obligatorio de arneses de seguridad anclados a puntos fijos independientes para trabajos en altura. 

LA IMAGINACIÓN NO HACE LA SEGURIDAD…

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